El presidente de la Anexpp-Iquique Juan Parra junto al encargado de la Comisión de DDHH de esa agrupación Clemente Quezada, fueron invitados y participaron en el Encuentro Regional de Organizaciones de la Sociedad Civil, organizado por el Instituto Nacional de DDHH. Asistieron Corporación Pisagua, AFP, Minorías sexuales, Pueblos indígenas, Juntas vecinales, Agrup. Discapacitados, etc. Anexpp-Iquique fue una de las tantas agrupaciones de DDHH en el país que no está de acuerdo con las normas y condiciones que fue creado este instituto, por no poder cumplir con las funciones elementales que rigen este tipo de organismo.
1. No respeta los Principios de Paris, Autonomía e Independencia del Estado, Independencia para elegir a sus miembros, Condiciones materiales de funcionamiento y Capacidades cuasi jurisdiccionales.
2. Facultad para hacerse parte en los procesos criminales, relacionados con el paradero de los detenidos desaparecidos..
3. No tiene ninguna capacidad para seguir acciones criminales a los violadores de los DDHH. la más temida por los criminales de lesa humanidad.
4. Está facultado para extender beneficios a los agentes del estado, causante de violaciones a los DDHH, con lo cual no hay distinción entre víctima y victimario.
5. Carece de facultad para emitir reportes sobre el estado de los DDHH en el país a las organizaciones internacionales correspondientes.
En las diferentes mesas de trabajo se hizo un taller de estudio y se opino de los delitos de lesa humanidad, derechos de los pueblos indígenas, el medioambiente, diversidad sexual, discapacidades, libertad de expresión, el derecho de las mujeres, juventud, infancia, derechos económicos, sociales, culturales y la nula participación ciudadana en el ámbito público y político.
Esta ultima junto con la Unidad, fue el pensamiento y anhelo general de todos los asistente a este encuentro, por ser la única opción de cambiar la constitución de 1980 aún vigente. La que no es democrática, niega una parte fundamental de los DDHH y civiles, fue gestada, redactada y aprobada durante una dictadura y bajo un estado de excepción.