sábado, 4 de agosto de 2007

LEYES DE PREVISION SOCIAL Y OTROS BENEFICIOS PARA LAS VICTIMAS DE LAS DICTADURA MILITAR

. Ley de exonerados políticos
La Ley Nº 19.234 sobre el Exonerado Político del año 1993 se reformó mediante la Ley Nº 19.582 de agosto de 1998.
La calidad de exonerado político la otorga solamente el Ministerio del Interior. Para mayor información, llamar a los teléfonos: 638 37 62 – 632 83 26 – 632 83 27, del Programa del Exonerado Político del Ministerio del Interior, o dirigirse personalmente a la calle Londres 68, Santiago-Centro. También se puede llamar al Comando de Exonerados Políticos que fallecieron y tramitaban su pensión; ésta le corresponde a la viuda del mismo. La fecha de postulación venció en septiembre de 1999. Se ha planteado su prórroga al gobierno.
2. La ley de ejecutados políticos
La Ley Nº 19.123 de febrero de 1992 favorece al cónyuge sobreviviente, madre o padre, los hijos menores de 25 años o discapacitados de cualquier edad, sean legítimos, naturales, adoptivos o ilegales, víctimas de violaciones a los derechos humanos o de violencia política. La fecha de postulación por esta ley no tiene fecha de término.
Para mayor información, llamar al teléfono 639 18 20 del INP o al 699 58 38 de la Agrupación de Familiares de Ejecutados Políticos. También a la Corporación de Reparación, fonos 635 48 48 y 635 48 42.
3. Pensiones por convenios internacionales
Todos los que estuvieron exiliados y que trabajaron cotizando para el país donde vivieron, tienen derecho a que se les consideren esas cotizaciones para una posible jubilación en Chile o en el país donde aún viven si tienen cotizaciones en Chile.
Convenios firmados y en aplicación: Alemania, Argentina, Canadá, Dinamarca, españa, Holanda, Suecia, Uruguay, Suiza, Noruega, Brasil, Luxemburgo, Austria, Bélgica y Québec (Canadá).
Los afiliados al INP pueden pedir información de estos convenios a la Superintendencia de Seguridad Social a los teléfonos 672 25 01, 696 05 04, 672 29 57. Los afiliados a las AFP pueden dirigirse a la Superintendencia de AFP, teléfonos 753 01 00 y 671 60 74.
4. Agrupación de ex prisioneros de campos de concentración
Es una organización que se creó recientemente para agrupar a los que estuvieron prisioneros en los diferentes campos de concentración (Chacabuco, Isla Dawson, Pisagua, Puchuncaví, Isla Quiriquina, Melinka, Estadio Nacional, Estadio Chile, Cuatro Alamos, etc.) El objetivo es iniciar una demanda al Estado por daños morales, físicos y síquicos.
5. Programa de Reparación Integral de Salud (PRAIS)
Es una atención de salud en forma gratuita para todas las personas: familiares de detenidos desaparecidos, familiares de ejecutados políticos, expresos políticos, retornados, exonerados políticos y otras situaciones de represión. Ir a la Corporación Metropolitana de Beneficiarios PRAIS, en Manuel Rodríguez Nº 33, of. 24, Santiago, teléfono 698 26 44. Para el área suroriente: Hospital Sótero del Río,, fono 353 64 42: área sur, Hospital Barros Lucho, fono 551 80 13 anexo 7506; área occidente, Consultorio Andes, fono 773 70 95. También existe este programa en otras ciudades del país.
NOTA: Las personas mayores de 65 años (hombres) y 60 la mujer, que no cotizaron en ningún sistema de previsión social, pueden postular a una pensión de subsistencia en la Municipalidad donde viven. Lo mismo las personas discapacitadas, en este caso no importa la edad.