domingo, 24 de julio de 2011

ANEXPP-IQUIQUE Y LA LEY 20405

Anexpp-Iquique y sus Comisiones han informado durante todo el año de los diferentes beneficios y reparación que otorga la ley 20405 (Valech 2) a todas las personas que sufrieron prisión, tortura, maltrato mental y fisico durante la dictadura militar y que están en proceso de calificación, la cual vence impostergablemente el día 17 de agosto de 2011, por lo que la Comisión de Educación “ Valech “ te informa sobre los beneficios a los cuales pudieras acceder para tus estudios con un 100% de gratuidad por medio de la beca Valech (víctimas de prisión política y tortura ). Estamos comprometidos con poder orientarte y ayudarte a poder retomar tus estudios o que traspases a tus hijos este beneficio para asegurar el futuro de tu familia.
¿En qué consiste?
Es un beneficio destinado a reparar a las personas que fueron víctimas de prisión política y tortura y que se enmarca en el conjunto de beneficios otorgados por la ley Nº 19.992 y 20405.
Cubre el 100% de los estudios de educación superior en una institución reconocida por Estado (arancel y matrícula), además de los gastos que sean cobrados por la institución hasta un año después del egreso, como, por ejemplo, el costo del examen de grado y/o tesis (Los pagos se cursarán directamente entre el Ministerio y las instituciones).
El beneficio puede hacerse efectivo en cualquier institución de educación superior reconocida por el Estado: universidades "tradicionales" o privadas e institutos profesionales.
Si el(la) alumno(a) que solicita el beneficio ya esta estudiando y tiene, además, algún beneficio como el Fondo Solidario a alguna beca, puede postular a la Beca Informe Valech para el siguiente año, pero para ello debe renunciar a todos los beneficios de becas anteriores ya que la Beca Valech cubre el 100% del arancel y matrícula.
¿A quién está dirigido?
A todas aquellas personas que aparecerán en las nóminas entregadas en el "Informe de la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura". Las nóminas estarán disponibles en :
Nómina de personas reconocidas como víctimas
Nómina de personas reconocidas como víctimas en etapa de reconsideración
Nómina de Menores de Edad
Requisitos
Estar acogido a la ley correspondiente.
Solicitar el beneficio directamente en la casa de estudios superiores.
¿Dónde se realiza?
El postulante debe dirigirse directamente a la institución de educación superior y si cumple con los requisitos académicos y es aceptado como alumno(a), la institución deberá informar al Ministerio mediante un listado que contendrá los nombres de los(as) beneficiarios(as) de la beca por cada período académico.
Para aquellos estudiantes que ya se encuentren cursando alguna carrera en una casa de estudios superiores y deseen postular a la beca, deben dirigirse al encargado de este tema en la institución en la que esté cursando sus estudios para ser incorporado a la nómina de becados de esa institución.
Los interesados en regiones, deben dirigirse directamente a la institución de educación superior escogida y consultar a la persona encargada de este tema (generalmente es el/la asistente social o el/la jefe de bienestar estudiantil de la institución), quien deberá, a su vez, informar al Ministerio de Educación.
Para hacer efectiva la postulación, el alumno deberá presentar, en la Institución de Educación Superior donde se matricule el "Formulario de Acepción del beneficio educacional contemplado en la Ley N° 19.992 o 20405". El formato de este documento puede solicitarse directamente en el Departamento de Bienestar de la casa de estudios o se puede obtener a través de la página www.becasycreditos.cl.
Observaciones
Las personas beneficiadas por la Ley N° 19.992 que no hayan hecho uso del beneficio en educación superior, podrán traspasarlo a uno de sus descendientes hasta de segundo grado de consanguinidad en línea recta (hijo/a o nieto/a.)

Comisión de Educación “Valech”

Guillermo Vera

Juan Andrade

79985493 - 78589285