jueves, 22 de noviembre de 2007

¿TERCERA GENERACIÓN?

Acerca de la tercera generación
Comisión Prais Iquique aclara:
Debido a numerosos reclamos y quejas de nuestros usuarios Prais de la región , sobre el no reconocimiento de los Nietos,Hijos de filiación no matrimonial y Tercera Generación, esta Comisión informa que las normas tecnicas del 05 de diciembre año 2000,dispuestas por el Ministerio de Salud y refrendadas por el Departamento de Asesoria Jurídica del Minsal señala que desde ese dia las Credenciales Prais son Indefinidas,credencial y atención a los familiares de filiación no matrimonial y se consideran como Afectados Directos nuestros Hijos dando lugar a la atención hasta la Tercera Generación.Esta mejoro la anterior de la Ley 19123 y las normas de las nuevas Leyes 19.980 y 19.992 han mejorado levemente el programa Prais.Pedimos paciencia y comprensión a los casi 3000 usuarios Prais de la region,nuestras demandas y aspiraciones creemos que van en buen camino,en casi todas las regiones del pais han habido cambios en los equipos Prais,por lo cuál pensamos que cuando estos profesionales se adapten a esos,todos juntos vamos a ser posible el sueño de los usuarios Prais ,salud,medicamentos,accesorios de acuerdo a nuestra edad y situación,comprensión y amabilidad hacia nuestros familiares.
Una pequeña historia:
Había una vez un hombre llamado Juan, que estaba reconocido como beneficiario PRAIS. Su hija Juana también gozaba del derecho a ser acogida en el programa, pues se le consideraba como la segunda generación.
Pero juan quería que el hijo de Juana (es decir su nieto juanito) también pudiera acogerse al programa, sin embargo esta aspiración no fructificaba por que Juanito era considerado como la tercera generación y por esa razón, no podía ser incluido.
Sucedió que las Normas Técnicas recientemente aprobadas resolvieron el problema sin necesidad de contar la primera, segunda o tercera generaciones, al establecer que juan y Juana son considerados Afectados Directos y por ese solo hecho tiene derecho ha ser acogidos, en esas condiciones Juanito es beneficiario, pues es hijo de una afectada directa.
Boletín Corporación Nacional de Beneficiarios PRAIS, fecha 15 mayo 2001.
Ley 19.123 13 Marzo 2000
Ley 19.992 07 julio 2001
Ley 19.980 09 noviembre 2004
Comisión Prais Iquique
Juana Torres Corp.Pisagua
Gustavo Césped Agrup.Nac.Expp
Ximena Brain Corp.Pisagua
Juan Parra Agrup.Nac.Expp
Rigoberto Pizarro Corp.Pisagua
Adolfo Césped Agrup.Nac.Expp

Contactos.
9-0093317 57-424792
Oscar Bonilla 201