martes, 14 de enero de 2014

VIVIENDAS SOCIALES EN PLAYA BLANCA

Antes de llegar al sector público, el ministro de Vivienda era conocido en el mundo privado por su nombre completo, Rodrigo Pérez Mackenna. Ese nombre hoy “es parte de la historia”, dice el propio ministro. Se convirtió en Rodrigo Pérez cuando arribó al Ministerio de Vivienda y Urbanismo y priorizó la promoción de subsidios para la clase media y para los sectores emergentes. Hoy, el ministro Pérez es otra persona. Si bien sus planes profesionales para después del cambio de mando aún no están definidos, le gustaría mantener “una pata” en el sector público. No tiene claro de qué forma e incluso evalúa la opción de participar en la fundación que formará el Presidente Sebastián Piñera. A la vez, no descarta volver al sector privado, donde participó en firmas como Deutsche Bank y Essbio. “Si bien he tenido algunas ideas y acercamientos, voy a decidir en marzo”, señala. Bienes Nacionales es dueño del 51% del territorio nacional, por tanto, lo que haga o deje de hacer no es indiferente.  Un mecanismo para fomentar las viviendas sociales es que esta cartera traspase a los distintos servicios de Vivienda y Urbanización, Serviu, terrenos para construir los inmuebles.  Con números en la mano, el ministro indica que en los últimos cuatro años Bienes Nacionales ha transferido a los Serviu 71,3 hectáreas para viviendas sociales, mientras que en el gobierno anterior se trasfirieron 19 hectáreas.  Agrega que si en 2008 y 2009 el 36% de las familias beneficiadas con los subsidios del Fondo Solidario de Vivienda y el Fondo Solidario de Elección de Vivienda estaban localizadas en el anillo de Américo Vespucio, ese porcentaje creció entre 2010 y 2012, y el 45% las familias estaba en ese sector.
¿Es posible usar los terrenos de Bienes Nacionales para construir viviendas sociales en el centro? “Bienes Nacionales no tiene terrenos cercanos al centro de la ciudad. Puede que haya retazos o algunos departamentos o viviendas aisladas, pero Bienes Nacionales no tiene grandes fajas de terreno en los sectores céntricos de la ciudad (....) Si uno analiza el plan completo de licitaciones se puede ver que los terrenos destinados a desarrollo inmobiliario representan menos de un 2% del plan de licitaciones completo en términos de hectáreas”, responde el ministro.
¿Por qué el plan de licitaciones solo destina el 2% a viviendas? ¿No se puede destinar un porcentaje mayor para viviendas sociales?  Pérez responde: “Los terrenos que se están vendiendo no son aptos para viviendas sociales o el desarrollo de las mismas (en su mayoría son industriales y rurales)”.
Agrega: “Dentro del plan de licitaciones, también se está poniendo énfasis en reservar terrenos para viviendas sociales que se enmarquen dentro del concepto de desarrollos integrados de viviendas, donde se puedan desarrollar en forma integrada con otro tipo de viviendas”. Y pone como ejemplo lo que ocurre con el sector de Playa Blanca, en Iquique, un terreno fiscal de Bienes Nacionales, de aproximadamente 120 hectáreas, en el que se están licitando 30 hectáreas para privados y el Estado se está reservando 90 hectáreas para eventuales desarrollos de viviendas sociales.
Otro ejemplo es el sector de la Chimba, en Antofagasta, donde, según Pérez, se está reservando una parte importante de superficie para el Serviu. “De hecho, ya se han transferido (al Serviu) 20 hectáreas”,indica.
Un cuestionamiento adicional, pero desde el mundo inmobiliario, es que el alza de los precios de los terrenos y de la mano de obra han vuelto menos atractiva la construcción de viviendas sociales. Pero el ministro señala que este fenómeno ha venido aparejado de un incremento del monto de los subsidios. “El promedio el monto del subsidio pagado para las familias vulnerables ha aumentado en 34% respecto de la administración anterior, 570 UF para viviendas sociales, contra 430 UF”.
Hay un avance sustantivo en materia habitacional, recalca. “Por pago de obras ejecutadas en vivienda este gobierno habrá gastado US$ 8 mil millones solo en vivienda, un 75% más que el gobierno anterior. Es la realidad”.
.

domingo, 12 de enero de 2014

LAS CARTAS DEL SHOA Y EL MINVU

Tras el fatídico 27/F que afectó a gran parte de Chile y no tan sólo con el terremoto sino con el posterior tsunami, el Ministerio de Vivienda y Urbanismo (MINVU) decidió incorporar en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción, como factor de riesgo, el tsunami o maremoto. Por tanto, los planificadores, urbanistas y autoridades con competencia en el desarrollo de emprendimientos en el borde costero deben considerar esta situación, la que además debería estar presente en los instrumentos de ordenamiento territorial. En tal sentido cabe preguntarse cómo se da ese ejercicio, ya que la institución que tiene competencias en esta materia, es la Armada de Chile a través del Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada (SHOA) que cuenta con asignación de recursos, personal y profesionales altamente calificados, los que son constantemente perfeccionados en nuevas metodologías y técnicas cartográficas de avanzada. Este servicio es el encargado de elaborar las cartas de inundación a nivel nacional, publicadas cada cierto tiempo por la institución naval. No obstante, se da la paradoja de que para el MINVU las cartas del SHOA  no tienen validez como estudio de riesgo y, por tanto, no incorpora esta importante información de seguridad pública en los instrumentos de planificación territorial de su competencia. Lo interesante del trabajo del SHOA, es que construye sus cartas a partir de la modelación de eventos extremos, eventos reales ocurridos en nuestras costas y línea de borde, línea que es difícil de definir al momento de pensar cuáles son los límites físicos para el desarrollo de actividades urbanas, pensando que dichos eventos reales van a presentarse nuevamente. Por tanto, esta información es relevante para tomar los resguardos en los instrumentos de ordenamiento territorial y, más aún, consultada la Contraloría General de la República, ésta no se ha pronunciado, pese a que en la construcción del Hospital de Corral el ente fiscalizador sí optó por intervenir ante el Servicio de Salud para que ese recinto sanitario, en su construcción, las considerara las cartas de inundación del SHOA.
Esta medida se tradujo en mejoras y adecuaciones en el diseño del mencionado centro de salud, luego de diversas gestiones de la autoridad civil ante la Armada.
Pese a ello, el criterio no ha sido uniforme, ya que en otros proyectos en el borde costero del país –como es el caso del Mall Barón, entre otras iniciativas inmobiliarias, turísticas e industriales, todos lugares donde existen cartas de inundación modeladas y que revelan que hay zonas que ante un eventual tsunami serían inundadas con olas superiores a los 9 metros–, sin embargo, se hace caso omiso de la alerta de la Armada y no se considera este eventual riesgo Esto, pues, como se dijo, pese a estar la información y ser consultada la Contraloría, no ha sacado el dictamen sobre esta materia. Por lo mismo esa información de las cartas del SHOA no es relevante para el MINVU, y pasa a ser publicada como información general y nada más.
Ahí surge la siguiente pregunta: ¿quién responde ante una eventual desgracia? Es decir, si en un territorio que las cartas del SHOA indican que, ante un eventual tsunami, este quedaría sepultado bajo el agua y las autoridades pese a esta información igual autorizan construcciones y muere gente, tal como aconteció en Llolleo o Talcahuano en el 27/F, ¿quién se hace responsable por esta negligencia u omisión inexcusable?
La diferencia con estos casos es que, aun cuando estaban las cartas del SHOA, los tsunamis o maremotos a esa fecha no estaban reconocidos como factor de riesgo tal en la mencionada Ordenanza General de Urbanismo y Construcción, por tanto, no había argumentos para evitar construcciones en el borde costero, lo que hoy es diferente. Ahora bien,  hay que señalar que si efectivamente hay cartas de inundación o estudios de riesgo realizados por la Seremi de Vivienda y Urbanismo, esto no opera de facto. Es decir, para que tenga sentido y se eviten construcciones, se tienen que poner en los instrumentos de planificación.
Creo que la solución va de la mano de una preocupación del MINVU y bastaría que se haga una mejor redacción en la mencionada Ordenanza, que para todos los efectos es una norma de mayor jerarquía y sea ésta la que restrinja o limite construcciones en los bordes costeros sujetos a inundación por tsunami.
Las limitaciones en los emprendimientos dependerán del nivel de impacto de la ola proyectado por las cartas del SHOA, pero lo que se propone es tomar medidas para evitar la muerte de seres humanos y allí hay mucho por hacer. No digo que no se pueda construir en un país de tan largo borde costero, sino restringir ciertas obras, como, por ejemplo, estacionamientos subterráneos, pisos bajo nivel; tener amplias avenidas que permitan una fácil evacuación, como también amplias terrazas que absorban parte de los residentes u ocupantes, entre otras medidas. Para lograr esto, lo que debiera hacer el Ministro de Vivienda es elaborar una legislación “express” para resolver esta demanda, que no va a beneficiar a alguien en particular, sino que tiene por objetivo salvar vidas y espero sinceramente que le ponga el mismo cariño que a la norma recientemente publicada y que beneficia a proyectos con nombre y apellido.
En esta conmemoración del 27/F, es necesario tener presente el fallo de la Corte Suprema que condenó al Fisco a indemnizar a la familia del señor Mario Ovando Garcés, por  la responsabilidad en su muerte.
Allí claramente los jueces optaron por sancionar la responsabilidad del Estado por falta de servicio, teniendo presente que el señor Ovando, confiado en las declaraciones del intendente Jaime Tohá –que, en una emisora local de esa región, llamó a los pobladores a quedarse en sus casas porque no había riesgo de tsunami–, finalmente por esa errada instrucción halló su muerte, así como muchos otros compatriotas. Por eso es relevante este debate hoy con este pronunciamiento del Máximo Tribunal de Chile, dado que es un precedente para el actuar con mayor responsabilidad de las autoridades, que mediante sus servicios autorizan construcciones en lugares que otras reparticiones del Estado dicen que son de alto riesgo. Entonces se podría hacer extensiva la pregunta y ante una eventual desgracia: ¿qué dirán los magistrados?, ¿quiénes serán los responsables por esta omisión o negligencia inexcusable de funcionarios públicos? Sinceramente, espero que ello no ocurra y, si pasa, que tengamos jueces tan
valientes como los que emitieron este fallo y sancionen a quienes por omisión o acción permitan construcciones en zonas de riesgo, que en definitiva será el Estado, pues cualquiera de los organismos públicos antes mencionados actúa en su representación.             Manuel Millones     E.M               Juan Parra  P.P.A.M. 2a. Clase


sábado, 11 de enero de 2014

¿CLUB DE GOLF LOS LEONES SANTIAGO Y CLUB DE GOLF PLAYA BLANCA IQUIQUE ES MERA COINCIDENCIA?


A ciertos hombres de negocios, de esos que pululan con ternos oscuros en el sector oriente de la ciudad de Santiago, buscando lucrativas oportunidades, se les ocurrió proponerle a la directiva del Club de Golf Los Leones una pingüe actividad empresarial que les iba a redituar a todos los intervinientes ingentes sumas de dinero prácticamente “sin moverse de sus escritorios”.
Para ello solo había que convencer al gobierno para que actuara con altura de miras buscando la sacrosanta rentabilidad privada en los pocos suelos disponibles en la comuna de Las Condes. De los fastidiosos trámites administrativos se iban a ocupar los ingeniosos intermediarios, ya que ellos tenían la necesaria “llegada” con las autoridades sectoriales de turno.
Este interesante negocio consiste en utilizar “productivamente” una fracción del amplio terreno área verde de ese club social de alcurnia en actividades inmobiliarias no permitidas en la regulación de Vivienda y Urbanismo y, a pesar de ello, los cabecillas del negocio, con la temeridad de la cual hacen gala, acordaron los términos contractuales con el operador canadiense Four Seasons Hotels & Resorts.
El proyecto contempla la edificación de 11 torres de hoteles y apart hotels  con 8 niveles bajo tierra, lo que implica una pérdida significativa de vegetación y degradación del cerro en ese sector del club y para ello contrataron, ¡era que no!, al avispado arquitecto argentino Rodolfo Miani, curiosamente el mismo profesional que intervino en el polémico mall de Castro. El acceso vehicular y peatonal al complejo hotelero, de alta carga de ocupación, se proyecta por la angosta vía local Luz y no por la amplia avenida Kennedy, como estaba fijado hasta el 11 de diciembre de 2013 en la OGUC. No se transfiere el dominio del predio porque se acordó un arrendamiento por 99 años y por ello quien solicita el permiso es el mismo club. Porque el astuto Minvu, actuando como simple comparsa de algunos interesados, el 12 de diciembre pasado cambió la OGUC en ciertos aspectos muy puntuales, lo que mereció la airada objeción por parte del Colegio de Arquitectos de Chile y por los Decanos de las Escuelas de Arquitectura de las universidades más prestigiadas del país. Los anteriores cuestionaron el reemplazo de la palabra “enfrentar” por “relacionarse”, en la OGUC, para destrabar equipamientos mayores, cuyos accesos debían localizarse sobre vías expresas y/o troncales. Nosotros también hicimos lo propio en contra de ese traje a la medida, pero ahora vamos más allá, porque tal Decreto proporciona arreglines para que se lleve a cabo la inversión inmobiliaria en el Club de Golf Los Leones.
Recordemos que el precio de transacción del suelo en las ciudades está determinado por sus usos, los que son fijados en los instrumentos normativos urbanos, y lo que buscaban esos “emprendedores” para maximizar la inversión, era utilizar un terreno con limitación de uso, para así evitarse la adquisición de un terreno apto transable en el mercado en un monto bastante más elevado que dicha área verde. Que este comportamiento vulnere la regla básica del libre mercado en lo que respecta a la igualdad de oportunidades en que deben intervenir sus diversos actores, parece que no les importó mayormente ni a los gestores del negocio ni a los encumbrados socios del club. El objetivo era el lucro privado con la ayuda de la Administración del Estado.
Ahora bien, el Capítulo 5.2 del Plan Regulador Metropolitano de Santiago (PRMS) se llama Sistema Metropolitano de Áreas Verdes y Recreación, el cual se desagrega así, listando los nombres de las distintas áreas verdes:
Parques Metropolitanos
Parques Intercomunales
Áreas Verdes Complementarias, las que a su vez se dividen en :
Equipamiento Recreacional y Deportivo
Cementerios Parque
Áreas de Interés Histórico o Cultural
Áreas Recreativas de Interés Ecológico y Cultural
El Club de Golf Los Leones tiene una superficie de 60 hectáreas y forma parte del Equipamiento Recreacional y Deportivo antes mencionado y, como su nombre lo indica, allí se admiten sólo actividades deportivas, más las restringidas construcciones necesarias para su funcionamiento. Esta magnífica área verde privada, por las externalidades positivas que genera en el medio ambiente, no paga contribuciones de bienes raíces, lo cual es una acertada medida vigente. En todo caso dejamos en claro que el artículo 2.1.9 de la OGUC dice que “las disposiciones del Plan Regulador Intercomunal se entenderán automáticamente incorporadas en los Planes Reguladores Comunales”. No está de más precisar que en las áreas verdes no se pueden edificar viviendas.
El artículo 2.1.24 de la OGUC establece que los tipos de usos de suelo son Residencial, Equipamiento, Actividades Productivas, Infraestructura, Espacio Público y Área Verde. Por otro lado, el artículo 2.1.25 de la OGUC dictamina que el tipo de uso Residencial contempla el destino de vivienda, e incluye hogares de acogida y edificaciones destinadas al hospedaje, por lo tanto los hoteles y apart hotels que explotaría el mencionado operador extranjero en el área verde que le pertenece al Club de Golf Los Leones no son factibles de construir.
¿Por qué decimos lo anterior?
Vamos al grano:
Sin ningún pudor ese ministerio agregó en el artículo 2.1.25 de la OGUC el siguiente texto: “Las edificaciones destinadas a hospedaje se entenderán admitidas en la zonas con uso de suelo equipamiento, salvo prohibición expresa en el Instrumento de Planificación Territorial”. Es decir, aun cuando el plan regulador no permita el uso residencial y sólo permita equipamiento, igual se podría aprobar un hotel.
Enseguida agregó un nuevo inciso tercero al artículo 2.1.31 de la OGUC con el siguiente texto: ”El porcentaje antes indicado se calculará respecto de la superficie del área verde o parque ocupada por las construcciones, según el coeficiente de ocupación de suelo de las edificaciones, tanto existentes como proyectadas, sumada a la superficie ocupada por las circulaciones vehiculares y estacionamientos sobre el terreno”. Con esta modificación se intentó establecer que el límite máximo del 20% para construir en un área verde de dominio privado se debe calcular respecto de la superficie que ocupa la edificación en el primer piso del equipamiento y no del total construido.
En todo caso, le contestamos al Minvu que este cambio es infructuoso, porque este artículo nunca ha fijado máximo de constructibilidad y está referido a las áreas verdes no materializadas, lo que no acontece con el Club de Golf Los Leones, a pesar de que la porción del terreno previsto está muy descuidada y llena de basura.
Asimismo, se intercaló en el inciso segundo del artículo 2.1.33 de la OGUC, a continuación de la expresión “destinado a equipamiento”, la oración “pudiendo el respectivo Instrumento de Planificación Territorial limitarlos a la aplicación del inciso segundo del artículo 145 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, relativo a las autorizaciones de cambio de destino”. Se agregó en el inciso segundo del artículo 5.1.12, a continuación de la expresión “coeficiente de constructibilidad”, el texto “salvo que se trate de recintos de hoteles u otras edificaciones con destino a hospedaje”.
Firmaron este burdo acto administrativo tanto el presidente, Sebastián Piñera, como su ministro de Vivienda y Urbanismo, Rodrigo Pérez. Por la característica del Decreto en comento, posiblemente Piñera no lo leyó y por ello ya le pedimos a la Comisión de Vivienda de la Cámara de Diputados que, conforme a sus atribuciones fiscalizadoras, se inicie una investigación para detectar las motivaciones que tuvo el Minvu para proceder en tal sentido. La diputada Claudia Nogueira, su presidenta, ya nos respondió informándonos que estaba al tanto de la situación y que en el transcurso de esta semana se tomará un acuerdo en tal sentido.
Independientemente de lo que se resuelva y aunque no se anule dicho Decreto, estamos ciertos que la Fiscalía Nacional Económica (FNE) va a tomar cartas en el asunto, porque en este episodio se han vulnerado las sanas prácticas que exige la libre competencia. Si Four Seasons Hotels & Resortsdesea invertir en Chile, le aconsejamos que recurra a un buen corredor de propiedades, quien rápidamente le encontrará un terreno con el uso de suelo idóneo, aunque más caro, en donde podrá levantar sus maravillosos hoteles y apart hotels  

MISIÓN CUMPLIDA, MONEDA TOMADA, PRESIDENTE MUERTO

Aunque los mandos de la FACH y los pilotos de la época “no se acuerdan”, los nombres de quienes bombardearon La Moneda se conocen y han de quedar registrados en la Historia de Chile. El ministro Mario Carroza, que investiga la muerte del Presidente Salvador Allende, interrogó en vano al general Fernando Matthei sobre la identidad de los participantes en el bombardeo y es poco probable que los demás oficiales que pueda citar recuperen la memoria. Sin embargo la información la conocen otros antiguos miembros de la FACH que no están juramentados ni tienen motivos para guardar el secreto. A fines de la década del 70 del siglo pasado, el autor de esta nota recorrió durante dos semanas varias ciudades de Inglaterra y Escocia para entrevistar a ex miembros de la FACH y de la Marina que habían sido detenidos, torturados y expulsados de esas instituciones por haberse opuesto al golpe militar. Al darles asilo político, el Reino Unido los había repartido en diversas localidades. Las entrevistas quedaron registradas en más de 12 horas de grabación. Los dos oficiales y dieciocho suboficiales de la FACH entrevistados mencionaron los nombres de los pilotos de los cazabombarderos Hawker Hunter que salieron de Carriel Sur, en Concepción, con la misión de destruir las antenas de las radios que apoyaban a Allende y disparar sus cohetes contra La Moneda y la residencia presidencial de Tomás Moro. Varios de los suboficiales expulsados eran técnicos, mecánicos o armeros y participaron en la preparación de los aviones y la carga de los proyectiles. Esos hombres mantenían una relación directa con los pilotos y los despidieron en la pista cuando emprendieron el vuelo hacia Santiago. A las 11.50 horas del 11 de setiembre de 1973 dos Hawker Hunter del Grupo Nº 7 de la Fuerza Aérea, con base en Carriel Sur (Concepción), empezaron a bombardear el palacio de La Moneda. Los cohetes Sura, de fabricación suiza, perforaron los muros, explotaron en casi todas las dependencias y pronto el aire se tornó irrespirable porque los gases lacrimógenos asfixiaban a los resistentes, quienes por orden de Allende se habían tendido en el suelo, se cubrían la cabeza y se protegían unos con otros. Se distribuyeron las escasas mascarillas antigás existentes e intentaron proseguir el combate, aunque las tropas de infantería comandadas por el general Javier Palacios iniciaron el asalto, mientras los tanques disparaban contra las ventanas, en medio de las llamas y del derrumbamiento de techos y pisos. 
La investigación judicial desarrollada por el magistrado chileno Mario Carroza a lo largo de 2011 y 2012, que completó un sumario de 2.500 páginas dividido en seis tomos, contiene muchos detalles desconocidos sobre el último día de Salvador Allende. Una de las incógnitas aún no despejadas definitivamente es la identidad de dos pilotos que bombardearon La Moneda. El 4 de abril de 2011 el general de la Fuerza Aérea retirado Mario López Tobar confirmó en su declaración que él comandaba la unidad que llevó a cabo las “operaciones aéreas” sobre Santiago. Después de derribar distintos objetivos a las diez de la mañana regresó a su base en el sur. “En ese trayecto escuché la orden de atacar La Moneda, dada directamente por la comandancia de la Fuerza Aérea. Para mí fue muy sorpresiva.” Manifestó también que conocía los nombres de esos dos pilotos, pero se negó a facilitarlos. El pacto de silencio sellado en la institución permanecía incólume. Pero las investigaciones de Labarca y el peso de su conciencia hacen a Lopez Tobar emitir el siguiente informe : El ataque comenzó con el bombardeo de cinco antenas, en el que participaron López Tobar( Libra)  comandante del Grupo 7 y piloto del Avión 1y otros tres aviones piloteados por “hunteristas”. A las 11 de la mañana emprendieron vuelo desde Concepción otros cuatro cazabombarderos. La residencia de Tomás Moro fue atacada por los Hawker Hunter piloteados por el capitán Eitel Von Mühlenbrock y por el teniente Gustavo Leigh Yates, hijo del comandante en jefe de la FACH y miembro de la junta militar. Gustavo Leigh hijo equivocó el blanco y bombardeó el Hospital de la FACH, por lo cual hasta su muerte hace tres años era objeto de bromas y tallas en la institución. Los otros dos aviones se elevaron a tres mil pies de altura y mientras volaban sobre la Estación Mapocho dispararon contra La Moneda sus cohetes antiblindajes Sura P-3, en cuatro pasadas. El primer disparo lo hizo el teniente de 24 años Ernesto Amador González Yarra (“Pekín”), famoso por su talento de piloto y certera puntería. González Yarra gozó por ello de gran prestigio en la institución hasta su muerte en 1995. Su primer disparo perforó la puerta principal de La Moneda con precisión. El segundo avión que atacó La Moneda iba piloteado por Fernando Rojas Vender (“Rufián”), quien llegó a ser comandante en jefe de la FACH. Su primer disparo apuntó al techo del palacio presidencial. En una última pasada, los pilotos usaron cañones de 30 mm. La operación fue coordinada desde tierra por el operador aéreo, comandante Enrique Fernández Cortez (“Gato”). Hay discrepancias en torno a la hora exacta del ataque a La Moneda. Según el coronel López Tobar, comandante de la operación, comenzó pocos minutos antes de las 11.30. El almirante Patricio Carvajal, jefe del estado mayor del golpe, sitúa el ataque entre las 11.52 y las 12.08. Según el general Gustavo Leigh, entonces comandante en jefe de la FACH, el ataque tuvo lugar “después de las 12”.
La celebración del éxito de la operación fue entusiasta, pero no unánime en la FACH. Cuando al regresar de la misión uno de los pilotos descendió de la cabina de su Hawker Hunter en la pista de Carriel Sur, fue recibido por un grupo de suboficiales que en lugar de felicitarlo lo miraron en silencio. El piloto se acercó, bajó la vista y les dijo:
–Lo siento… No fue mi culpa… no fue mi culpa… Perdonen…
                                                                                      
Eduardo Labarca   06 julio 2011

jueves, 9 de enero de 2014

LA JUSTICIA EN LOS DERECHOS HUMANOS

Después de un largo recorrido judicial, finalmente el 30 de enero la Tercera Sala de la Corte Suprema debería aprobar el acuerdo conciliatorio entre el Consejo de Defensa del Estado (CDE) y la familia de Estela Ortiz, para el pago de una indemnización por 120 millones de pesos por el daño moral causado por agentes del Estado tras la detención y desaparición del ex secretario general del PC en la clandestinidad y padre de aquella, Juan Ortiz Letelier, en diciembre de 1976. Eso, luego que el Presidente Sebastián Piñera optara por dar el visto bueno a la negociación y autorizar el pago que debe hacer el Fisco, revirtiendo así el rechazo explícito del Ministerio de Hacienda.
Así consta en las transcripciones de las actas de la audiencia que se realizó el lunes 30 de diciembre en el Palacio de Tribunales, cuando se realizó el comparendo de conciliación. El abogado del Fisco, Alfredo Larreta, explicó al tribunal que el presidente del CDE, Sergio Urrejola, “le informó con esta fecha que la transacción habría sido aprobada por el Presidente de la República”.
Urrejola hizo gestiones personales ante el Mandatario para destrabar el caso. Fue necesario, porque después que se llegó a un acuerdo entre la familia Ortiz y el CDE, el visto bueno del Ministerio de Hacienda fue dilatado durante casi un año, a pesar de que los montos le fueron informados oficialmente al titular de dicha cartera, Felipe Larraín, en septiembre del 2012.
En Hacienda no se vio con buenos ojos el acuerdo, razón por la cual formalmente rechazó la transacción en septiembre, justo en la misma semana en que toda la agenda política del país, impulsada por el propio Piñera, estaba marcada transversalmente por la conmemoración de los 40 años del Golpe Militar y toda la clase política hablaba de respeto irrestricto a los Derechos Humanos.
El ministro subrogante, Julio Dittborn (UDI), a través del oficio 2149 con fecha 13 de septiembre del 2013, notificó al CDE “la decisión de no aprobar dicha transacción, considerando el precedente que podría sentarse en contra de la solidez de los argumentos presentados por ese Consejo de Defensa del Estado, que se sustentan en la jurisprudencia reiterada de la Excma. Corte Suprema, según fundamentos expuestos en el oficio de la Dirección de Presupuesto” y añadió que “no se advierte que la transacción resguarde de la mejor manera los intereses del Fisco que los argumentos fundantes del recurso de casación en actual tramitación”.
Ese oficio fue en respuesta a la insistencia del CDE –a través de la presidenta (s) Clara Szczaranski–, en agosto del año pasado, para conocer el estado en que se encontraba la tramitación del visto bueno, ante la cantidad de meses transcurridos sin respuesta. En el oficio, Szczaranski le recordó al ministro Larraín que el Consejo, en su sesión del 23 octubre del 2012, había aprobado el pago de indemnización en la causa “Ortiz Rojas, María y otros”, rol nº 5.341-03.
Una vez formalizado el rechazo de Dittborn, el 26 de septiembre el CDE solicitó formalmente a Hacienda que reconsiderara su decisión y, en paralelo, informó en el mismo oficio que Urrejola “había solicitado una audiencia” con el Presidente Piñera para pedir que su gobierno recapacitara en este caso.
No son montos cuantiosos. La indemnización implica 50 millones de pesos para María Estela Ortiz y otros 50 millones para su hermana María Luisa, 10 millones para la pareja de Juan Ortiz al momento de su desaparición, María Luisa Azócar García, y cinco millones para cada uno de sus nietos que fueron parte de la demanda, Manuel Antonio y Sebastián Ortiz Ossandón.
El periplo 
La familia de Ortiz interpuso, en agosto del 2003, ante el Primer Juzgado Civil de Santiago, la demanda contra el Fisco por el daño moral que produjo la detención de Ortiz Letelier, cuya desaparición es parte del llamado “Caso de los 13” y de la operación “retiro de televisores” que desplegó la dictadura en 1979 para ocultar los restos de las víctimas, después que fueron descubiertos los cadáveres de quince campesinos en los hornos de Lonquén. En el año 2007, el tribunal rechazó la demanda argumentando prescripción.
Sin embargo, en marzo del 2010, la Corte de Apelaciones de Santiago revocó ese fallo adverso, rechazó la prescripción establecida inicialmente y acogió la demanda, condenando al Fisco al pago de indemnización por montos casi idénticos a los que finalmente se establecieron en el acuerdo conciliatorio. En el fallo del 2007, la Corte otorgaba 20 millones y no sólo 10 a la pareja de Ortiz y se consideraban 10 millones adicionales para la hermana del dirigente comunista, María Elena, quien a estas alturas, sin embargo, se encuentra fallecida.
Con esta resolución del tribunal de alzada, el Fisco interpuso un recurso de casación en el fondo –al que apeló Dittborn para rechazar el pago– en que se argumentaba que esta acción civil vulneraba las normas de derecho por encontrarse prescrita. Dos años después, en el 2012, el CDE optó por llegar a un acuerdo, basado en que las actuaciones procesales de los actores involucrados en el proceso eran suficientes para producir la interrupción de la prescripción de la acción civil.
Desde entonces han sido muchos los oficios y audiencias en la causa de Ortiz, como las ocurridas el 5 de agosto, el 18 de noviembre y el 17 de diciembre del 2013, donde quedó establecido que sólo faltaba la respuesta de Hacienda para lograr que se concretara el pago del acuerdo, que no había respuesta de las peticiones de reconsideración y de las gestiones con Piñera para cambiar la respuesta del gobierno.
El caso de Ortiz es de aquellas causas emblemáticas en materia de Derechos Humanos. No sólo por las circunstancias de su detención y muerte, sino también por los hechos que rodearon su hallazgo y posterior identificación.
El padre de Estela Ortiz –estrecha amiga y colaboradora de la Presidenta electa Michelle Bachelet– es uno de los cuatro detenidos desaparecidos que fueron enterrados en el fondo de una mina en la Cuesta Barriga y que, a pesar de que fueron arrojados al mar, los restos de osamentas que quedaron en el lugar permitieron el trabajo de identificación que realizó el Servicio Médico Legal.

Junto a de los dirigentes comunistas Lincoyán Berríos, Horacio Cepeda y el militante del MIR Ángel Guerrero Castillo, Ortiz finalmente fue identificado con certeza por el SML en julio del 2012.

NUEVA CONSTITUCIÓN EL GATO CUIDANDO LA CARNICERIA

En una reveladora columna de opinión (El Mercurio, 21 de diciembre, 2013), el senador Ignacio Walker ha planteado tres afirmaciones que valdría la pena debatir. La primera dice relación con la cuestión constitucional. Sostiene que para tener una nueva Constitución se requieren sólo tres cambios: eliminar el sistema binominal, suprimir las leyes orgánicas constitucionales y terminar con el control preventivo del Tribunal Constitucional. Aquello sería el cerrojo que mantendría el poder de veto de la minoría. Abierto ese cerrojo, tendríamos una nueva Constitución.
Pero, ¿es efectiva aquella afirmación? Me temo que no. Y por una razón muy simple. Existe un importante cuerpo de materias que hoy son objeto de debate público y que no podría ser materia de cambio debido a que para su reforma se necesitaría de 3/5 y, en otros casos, de 2/3 del Congreso. Lo que el senador Walker propone es una reforma y no una nueva Constitución. Para materializarse una nueva Constitución se necesitaría de una revisión total de las reglas del juego que hoy nos rigen, postura sostenida por el constitucionalista y asesor de Bachelet, Francisco Zúñiga.
El concepto “nueva Constitución” tiende a ser difuso cuando hablamos de procesos políticos como el chileno, que han definido su derrotero político a partir de la gradual transformación de las instituciones. El criterio más exigente es cuando un cuerpo representativo de la sociedad (una asamblea) delibera y propone un nuevo texto a la ciudadanía, que lo ratifica mediante un plebiscito. Dicho cuerpo luego se autodisuelve para generar un nuevo ciclo político libre de conflictos de interés del ciclo anterior. En este sentido, la nueva Constitución no se define tan sólo por el contenido de las reformas establecidas, sino que también por el mecanismo que la impulsa, es decir, quiénes participan de su definición.
La segunda afirmación del senador Walker es que la misión de establecer una nueva Constitución “recae en los hombros de la élite política chilena”. Seguramente guiado por una importante cuota de pragmatismo, el senador ve que el único camino posible de transformación constitucional es la vía del Congreso Nacional y de ahí que señale la responsabilidad que les toca cumplir. Ahora bien, ¿está predeterminada aquella vía? Si la norma es expresión de un acuerdo político (porque eso es lo que es), ¿no podría aquella élite política imaginar mecanismos de decisión y participación social para otorgarle mayor legitimidad a este cambio? ¿O estamos condenados como sociedad a que sólo en algunos hombros (los de la élite) recaiga el poder de definir las reglas del juego, y la sociedad participar exclusivamente a partir de plebiscitos?
Los líderes son capaces de crear realidades y hechos políticos. Perfectamente se podrían imaginar mecanismos innovadores de participación y decisión que involucren ya no sólo a los hombros de aquella élite, sino que a un conjunto de fuerzas sociales que podrían contribuir a pensar un nuevo pacto constitucional. ¿Por qué no gatillar un debate nacional sobre la Constitución que queremos? ¿Por qué no invitar a las fuerzas conservadoras, liberales y progresistas a sumarse a este debate? ¿Por qué no incorporar a los pueblos indígenas (que no tienen representación en aquella élite mencionada por el senador Walker)? Perfectamente se podría promover un debate ordenado, racional, pluralista y abierto sobre la Constitución que queremos.
La tercera, y quizás más controversial afirmación, es cuando señala que “resolver la llamada cuestión constitucional de manera inteligente es una exigencia patriótica” que recae en aquella mencionada élite. Lo controversial de ella es asumir que nuestros políticos actúan por patriotismo y no por intereses. Pensar que los actores políticos renunciarán a sus intereses particulares a favor del interés general pareciera ser un acto, por decir lo menos, ingenuo.
La experiencia práctica de las reformas constitucionales que hemos observado desde que Chile es república muestra, con particular nitidez, que el interés individual tiende a predominar por sobre el general. Si aceptamos que los actores políticos actúan la mayor parte del tiempo por interés más que por generosidad, tomaremos las prevenciones para definir las reglas del juego de la mejor forma posible. De otro modo, la reforma al binominal beneficiará a quienes están redefiniendo precisamente hoy los distritos, los nuevos quórums beneficiarán a quienes se transformarán en minoría, y así sucesivamente.

El gran problema de la “vía institucional”, al gatillar reformas desde el Congreso Nacional, es que los legisladores serán jueces y parte de la reforma. Y tenemos fundadas razones para sospechar que el gato que cuidará la carnicería no se comportará precisamente como un patriota.