miércoles, 28 de agosto de 2013

UNIVERSIDADES CON FINES DE LUCRO

En las próximas semanas, el Mineduc debe enviar al Congreso indicaciones al proyecto de ley de superintendencia de educación superior. Uno de los aspectos que más debate genera es si se permitirán todos los tipos de contratos entre universidades y entidades relacionadas, como lo adelantó, la semana pasada, el jefe de la División de Educación Superior, Alberto Vásquez.
¿La duda? Cómo regular que mediante esas sociedades, las universidades retiren utilidades y vulneren la ley que prohíbe el lucro.
Para dar claridad, el Consejo de Rectores (Cruch) hizo una tipificación de las entidades en ocho tipos, distinguiendo, por ejemplo, entre inmobiliarias y fundaciones. En ella, el Cruch propone que se permitan las operaciones con inmobiliarias, pero sólo en aquellos casos en que la inmobiliaria sea totalmente de la universidad.
En el documento de 10 páginas, al que accedió La Tercera, se plantea que “si existieran arriendos de este tipo de entidad a la universidad… deberían ser a valores de mercado”. Así, de haber excedentes, ingresarán a la universidad como aporte de empresas relacionadas, agrega el texto.
En cambio, aquellas inmobiliarias con participación de terceros o de personas vinculadas a la universidad (socios, directores, empleados, etc.), “no deberían prestar servicios de arriendo”, agrega el documento, que fue entregado al Ministerio de Educación.
No tiene nada de malo que haya empresas relacionadas en la medida que éstas reinviertan los excedentes en el quehacer académico de la universidad”, dice el rector de la Universidad Católica de Valparaíso y uno de los creadores del texto, Claudio Elórtegui.
De hecho, el documento concluye que “la apropiación lucrativa de excedentes no depende del tipo o clase de entidad relacionada… sino de que, cualquiera que sea el tipo de operación, ello signifique un prejuicio patrimonial o econó- mico para la universidad y una ganancia para sus controladores”.
Para Elórtegui, las empresas relacionadas son necesarias para hacer una buena gestión, tienen objetivos distintos al quehacer académico o han surgido por política pública. “Por ejemplo, en Innova Corfo se solicita que tras terminar el proyecto se cree una entidad distinta”, explica el rector.
La clasificación del Cruch distingue entre empresas auxiliares de operación y de servicios, que sirven al funcionamiento operativo del plantel o de servicios médicos, recreativos y deportivos, y de comunicaciones, que buscan colaborar con la proyección del plantel, como puede ser un canal de televisión.
También se mencionan empresas educacionales y culturales, como redes de colegios, preuniversitarios, etc.; tecnológicas, que sirven, por ejemplo, para participar en licitaciones de proyectos, y de gestión de activos universitarios, para explotar predios o campos de práctica docente. Por último, figuran las fundaciones en las que las universidades participan.
“Las empresas nos proveen en torno al 1% de los recursos totales. El 60% viene de los aranceles y matrículas”, dice Elórtegui.
Según la Ley 19.168, los planteles estatales están autorizados para crear y organizar con otras personas naturales o jurídicas sociedades o fundaciones cuyos propósitos sean mejorar la labor de la universidad y es la Contraloría la encargada de fiscalizar.
“El tema de las sociedades relacionadas se ha confundido en la discusión del tema del lucro y en el proyecto de superintendencia, donde les dan el mismo trato a todos los tipos de contratos”, dice el académico de la Universidad Católica Andrés Bernasconi.
El académico hizo una revisión de los contratos de las universidades con entidades relacionadas y distinguió entre dos tipos. Los primeros son los que se hacen entre los controladores de la universidad y las sociedades, como inmobiliarias o empresas de prestación de servicios. “En ellos se genera la suspicacia de la extracción de excedentes”, dice Bernasconi.
El segundo tipo de contrato es entre la universidad, con su RUT, y sociedades con la participación de terceros para, por ejemplo, formar empresas tecnológicas. “En ese caso, los recursos entran al patrimonio de la universidad”, agrega el académico.