El juez de garantía de Iquique, Vicente
Muratori, decidió rebajar la pena y recalificar el delito a favor de su colega
del Tribunal Oral de esa ciudad, Carlos Cosma, quien fue formalizado y acusado en diciembre
de 2013 por conducción en estado de ebriedad por la Fiscalía Regional de
Tarapacá.
El hecho ocurrió el 12 de marzo de 2011, cuando según un examen del Servicio Médico
Legal, Cosma conducía su vehículo con 1,9 gramos de alcohol por litro de sangre cuando fue detenido por
carabineros que vigilaban que se cumpliera la evacuación a zonas de altura tras
el terremoto y tsunami en Japón.
Según consigna El Mercurio, el juez Cosma no
fue sometido a un alcotest, sino que fue llevado a una posta donde se le
realizó un examen de sangre para la alcoholemia de rigor, la que arrojó la
cifra antes mencionada. En el centro asistencial, sin embargo, el médico
también le practicó un examen físico para evaluar su motricidad, según el cual el magistrado tenía “0,0 gramos de
alcohol” por cada litro de sangre, contrario
a lo declarado por el funcionario policial que lo detuvo y por un acompañante del juez, quien reconoció que ese día habían estado
bebiendo.
Desenlace del juicio
En junio del año 2013, el fiscal jefe de Iquique, Gonzalo Guerrero,
ofreció un juicio abreviado a Cosma, quien debía reconocer “el delito de manejo
en estado de ebriedad” y solicitó 61 días de presidio y la suspensión por dos
años de su licencia de conducir.
Pese a esto en febrero de 2014, todo fue desestimado por el juez Muratori, quien
recalificó los hechos como una “falta”
y no un “simple delito” y condenó a
su colega al pago de una multa de 2 UTM (82 mil pesos) y a una suspensión de
licencia por dos meses, por conducción “bajo
la influencia del alcohol” y no como informo
carabineros que Cosma manejaba en
estado de ebriedad
De acuerdo al matutino, para tomar esta
decisión se instaló como “duda razonable” que el resultado de la alcoholemia no
coincidiera con el examen físico realizado al magistrado en el día de su
detención, por lo que el gramaje de alcohol en la sangre no involucra que la
persona se encuentre en estado de ebriedad. La Fiscalía de Iquique declinó apelar
a la decisión del juez Muratori, por lo que Cosma podrá continuar sus funciones
en el Poder Judicial, ya que de haber sido culpable de la comisión de un
delito, debió haber sido expulsado de acuerdo con el art.256 del Código
Orgánico de Tribunales. ( Fuente Cooperativa.cl )